Hemos incidido, ad nauseam, en el cumplimiento de la ley por parte de todos los destinatarios de la norma jurídica. Hemos dicho “ n” número de veces que el derecho es el orden coactivo de la conducta, que se llama orden porque es un conjunto de normas, que es coactivo ( a diferencia de otras formas de regular la conducta) porque el estado es el encargado de aplicarlo por la fuerza que le da la propia ley y de conducta, porque regula las decisiones humanas cuando éstas se exteriorizan.
De esta guisa, también se ha dicho que en México tenemos leyes que en algunos casos están a la vanguardia en relación con algunas materias y, en suma, que nuestra legislación no le pide muchas cosas a otras legislaciones de países avanzados. Es el caso, sin embargo, que lamentablemente nuestros sistemas de procuración y de administración de justicia no están a la altura de las circunstancias y realidades actuales de nuestro país, razón por la cual se cometen, cotidianamente, injusticias tales que producen en la gente la percepción de que en México se llenan las cárceles con gente inocente y se deja en libertad a los delincuentes mas nocivos, contra lo cual se pretende cambiar estos sistemas y se conforma un sistema penal acusatorio en substitución del sistema inquisitorio, y que, lamentablemente, no está dando los resultados apetecidos, habida cuenta de que los encargados de instrumentarlo, desde los policías, los agentes del M.P., los juzgadores y demás obligados ( con las excepciones de siempre), no cuentan con la capacitación suficiente, sin perjuicio de la espeluznante y degradante corrupción en que se mueven, así como la execrable impunidad que los cobija. De ahí la necesidad imperiosa de su actualización para que efectivamente sirvan al propósito de mejorar a estos ámbitos de nuestra juridicidad.
Así, hay regímenes que padecen una diarrea legislativa, algunas de las veces con leyes a modo para seguir prohijando la impunidad, ante hechos delictivos desde el sector público y, en su caso, del privado.
Como ejemplo de excelentes intenciones, sin embargo, está la nueva Ley Número 677 en materia de Desaparición de Personas, que entrará en vigor dentro de 30 días en Veracruz, la cual establece protocolos de prevención y búsqueda para frenar esto. Pero para su efectiva aplicación, desde nuestra óptica, resulta un imperativo ineludible no solo la capacitación del personal obligado a instrumentarla, sino que debemos hacer un cambio de conciencia, en nosotros mismos, para que en conjunto, podamos tener un frente común ciudadano ( como el alcanzado el 1 de Julio pasado), con el propósito de lograr, como sociedad, el tan anhelado imperio de la ley, la supremacía de la aplicación del derecho. O usted, justiciero lector, ¡Qué opina?