Félix Salgado Macedonio YA es candidato a gobernador por MORENA

Secretaria de Mujeres del CEN de MORENA rechaza candidatura de Félix_edited
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Josefina Aguilar Pastor y agencias.

Chilpancingo, Guerrero, 1 de marzo de 2021. – Al concluir el lunes pasado el periodo de registro de candidatos y candidatas a la gubernatura del Estado, el único aspirante de MORENA que ha solicitado su registro es Félix Salgado Macedonio con lo que, legalmente, es el candidato único a la gubernatura de Guerrero por ese partido.

A partir de éste lunes y hasta el día cinco e marzo, el Instituto Electoral y participación Ciudadana (IEPC), emitirá los respectivos dictámenes sobre las solicitudes presentadas, informó el consejero presidente de dicho órgano, Nazarín Vargas Armenta.

Con los registros de solicitudes de Ambrosio Guzmán Juárez del Partido Redes Sociales Progresistas (PSP), Irma Lilia Garzón Bernal por el Partido Acción nacional (PAN); Dolores Huerta Valdovinos, del Partido Encuentro Solidario (PES); y Manuel Negrete Arias por el Partido, Fuerza por México, este lunes terminó el período de registros, establecidos en el calendario electoral del 15 de febrero al 1 de marzo del año en curso.

El primero en registrarse fue el senador con licencia, Félix Salgado Macedonio, por Morena, el 15 de este mes de febrero; posteriormente, el sábado 27, se registró Pedro Segura Balladares, por la Coalición “Juntos Haremos Historia en Guerrero” integrada por los partidos del Trabajo (PT) y Verde Ecologista de México (PVEM).

El domingo 28, hicieron lo propio, Ruth Zavaleta salgado por Movimiento Ciudadano (MC), y Mario Moreno Arcos, por la coalición, “Va por Guerrero”, conformada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD.

Nazarín Vargas Armenta, consejero presidente del IEPC, dio a conocer que con base al artículo 189 de la ley de Instituciones y Procedimientos y los lineamientos para el registro de candidaturas para el proceso electoral ordinario 2020-2021, el Consejo General de dicho órgano, revisará las documentaciones recibidas y emitirá un dictamen de dichas solicitudes, entre el 2 al 4 de este mes de marzo, un día antes del inicio formal de las campañas del 5 al 2 de junio próximo.

“Tengan confianza de que habrá de atender todos los actos que tengan que ver con el proceso electoral”, expuso el consejero presidente del IEPC.

DESECHA TRIBUNAL IMPUGNACIONES CONTRA FÉLIX SALGADO MACEDONIO

El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero (TEEGRO), aprobó por unanimidad de votos desechar el Juicio Electoral Ciudadano (JEC), promovido por la ciudadana Basilia Castañeda Maciel y otras personas, en contra del registro de Félix Salgado Macedonio, como candidato a Gobernador del Estado de Guerrero.

La propuesta de resolución fue presentada por el Magistrado José Inés Betancourt Salgado, titular de la segunda Ponencia del se determinaron dos causales de improcedencia: la primera porque de acuerdo al calendario electoral y a los lineamientos de registro de candidaturas, el plazo que tiene el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero (IEPCGRO), para sesionar y resolver la procedencia o improcedencia de las solicitudes de registro de candidaturas a Gobernador del Estado de Guerrero, trascurre del 2 al 4 de marzo del año en curso, por tanto es incuestionable que el acto impugnado no ha nacido a la vida jurídica.

Y la segunda por la falta de nombre y firma autógrafa de 60 ciudadanas, relacionada en una copia fotostática simple, las cuales en el escrito de demanda las refieren con la palabra “y otras”, sin embargo, en ninguna de ellas se advierte las firmas autógrafas que haga suponer que ese documento fue elaborado con el consentimiento de dichas ciudadanas, y menos que éstas hagan suyos los razonamientos y pretensiones que se invocan en el escrito del medio impugnativo.

En esta misma sesión, también aprobaron por unanimidad de votos, declarar inexistentes las violaciones a la normatividad electoral en el Procedimiento Especial Sancionador, promovido por Francisca Alma Juárez Altamirano, en contra de los ciudadanos Jesús Jonathan Lupercio Laurel y Griselda Irais Santiago Olmedo.

De acuerdo a la I Ponencia del Magistrado Ramón Ramos Piedra, el proyecto determina que no existen elementos suficientes para acreditar la supuesta realización de actos de violencia política en razón de género por el hecho de ser mujer, ni existe limitación a los derechos político electorales de la quejosa, motivo por el cual se ordena el archivo del expediente como asunto concluido.

En otro sentido, las y los integrantes del pleno del TEEGRO, aprobaron por unanimidad de votos revocar el acuerdo 024/SE/05-02-2021 emitido por el IEPCGRO, impugnado por el representante del Partido del Trabajo acreditado ante dicho órgano electoral, en respuesta a su solicitud relacionada con la suspensión temporal del pago de sanciones impuestas por el Instituto Nacional Electoral (INE).

Magistrada Hilda Rosa Delgado Brito, responsable de la IV Ponencia, esgrimió que la autoridad responsable no fundó ni motivó la respuesta conforme a lo solicitado por el promovente, además de que se acreditó que se atenta contra el principio de equidad en perjuicio del partido recurrente, por lo que, el Pleno del TEEGRO otorgó un plazo de tres días naturales para que la autoridad responsable emita otro acuerdo e informe a este órgano jurisdiccional sobre su cumplimiento, con las constancias que así lo justifiquen.

Asimismo, en esta misma sesión aprobaron declarar fundados los agravios promovidos por el Partido de la Revolución Democrática, en contra del acuerdo mediante el cual el Consejo General del IEPCGRO, da contestación en sentido negativo a la solicitud de suspensión temporal del cobro de una multa impuesta por el INE.  

De acuerdo al proyecto de la V Ponencia de la Magistrada Evelyn Rodríguez Xinol, la autoridad responsable motivó indebidamente el acuerdo impugnado, aunado a que fue incongruente con la solicitud inicial del partido político, por lo que revocó el acuerdo y determinó que la autoridad responsable emita otro debidamente fundado y motivado, en un plazo de tres días naturales.

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