De la Reforma laboral…

Rodrigo Juárez Ortiz
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El 1º. de Mayo, Día del Trabajo en nuestro país, se celebra a los trabajadores asalariados, como un reconocimiento a su labor en la construcción de una parte fundamental de nuestra economía.

En efecto, en la relación entre las partes de la producción, por ejemplo, antiguamente el empleador se consideraba como el eje fundamental de ésta sin considerar al trabajador, bajo la premisa de que sin su capital, el trabajador no tendría un salario que devengar y, por ende, moriría de hambre, y la postura del trabajador era y es que sin su aportación laboral, no habría ganancias para el empleador, sin embargo, después de muchas y encarnizadas luchas por alcanzar mejores condiciones de trabajo ( las cuales eran verdaderamente denigrantes y de explotación inicua del trabajador), finalmente se ha llegado a la convicción de que ambas partes se complementan necesariamente, el capital y el trabajo, sin los cuales no sería posible el éxito de cualquier empresa.

De esta guisa, en nuestro país, en la Constitución de 1917, se consagraron los derechos sociales (tuitivos para el trabajador), primeros en el mundo, pues la Constitución de Weimar lo hizo en 1919.
Aun cuando se ha luchado por mejorar las condiciones de vida de los trabajadores, sin embargo no todas las reformas han sido tuitivas para ellos y han proliferado personajes siniestros quienes haciéndose pasar por sus benefactores, solo los han esquilmado para su beneficio personal.

Pero la incesante preocupación por mejorar y remontar esa condición de vida, se ha sostenido en una mejora en las leyes laborales y es el caso que recién en el Senado, se aprobaron reformas a la Ley Federal del Trabajo, reglamentaria del Art. 123 Constitucional, en rubros importantes como la creación del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, que sustituye a las Juntas de Conciliación y Arbitraje dando paso a un nuevo sistema de justicia laboral, trasladando al Poder Judicial las demandas que serán tratadas en tribunales de este Poder, entre otras reformas. “Asimismo, la Ley Federal del Trabajo se armoniza con el Capítulo Laboral del T-MEC, y se ratifica el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que establece libertad de asociación sindical y los contratos colectivos.”

Se consideró eliminar el voto a mano alzada para elección de líderes sindicales, los cuales serán sujetos al voto personal, libre, directo y secreto, instaurándose mecanismos para garantizar una auténtica representación de los trabajadores por los sindicatos, para frenar a los sindicatos » blancos» o de protección patronal, y se incluyen garantías al trabajador, desde lo individual, para que ejercitando sus derechos laborales, nadie pueda ser sujeto a represalias ni ser obligado a formar parte de un sindicato o similares. Novedad positiva la creación de salarios profesionales para los trabajadores del campo y para las trabajadoras del hogar. La consigna colectiva e imperativa ahora es que se cumplan.

O usted, laborista lector, ¿Qué opina?

 

Por: Rodrigo Juárez Ortiz.

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