*No gozan de buena reputación los integrantes de la terna propuesta por el poder ejecutivo al legislativo
Acapulco, Gro., a 15 de dic. Del 2021 (SG). – Por no gozar de buena reputación, como lo exige la convocatoria publicada el pasado diez de noviembre del presente año, la abogada, Blanca del Rocío Ortega, ha solicitado un amparo ante la autoridad federal en contra de la terna propuesta para designar al Fiscal general de Guerrero.
La abogada interpuso, ante el juez de distrito en turno, un amparo indirecto en contra de los diputados locales de Guerrero y la gobernadora del estado, Evelyn Salgado Pineda, por violar la convocatoria para designar Fiscal General de Guerrero.
Se reclama que ambos poderes, legislativo y ejecutivo, han propuesto una terna con personajes que no gozan de buena fama pública para ocupar ese cargo debido a que cuentan con averiguaciones previas en su contra.
La quejosa asegura que José Luis Gallegos Peralta, Anacleta López Vega y Ludwig Marcial Rodríguez Reynoso, no reúnen los requisitos publicados en la Convocatoria de fecha 10 de noviembre del 2021.
“En específico, dice en su queja, por no acreditar el requisito de las bases de dicha Convocatoria, en el punto “De los Requisitos”, “Tercera”, que dice: (Es necesario) Gozar de buena reputación, no haber sido condenado por delito que amerite penal corporal, ni estar inhabilitado para el desempeño de cargo públicos”.
La abogada solicita al juez se suspenda en definitiva la designación del Titular al cargo de Fiscal General del Estado de Guerrero, por violar el debido proceso de la elección de los Aspirantes en términos de la Convocatoria emitida por el Congreso del Estado.
“Se pretenden violar en mi contra, lo dispuesto en los artículos 1, 14 y 16 Constitucionales”, argumenta Blanca del Rocío Ortega. Tales artículos se refieren a los derechos humanos, libertad y respeto a las leyes.
La abogada Ortega se registró y cumplió con cada uno de los requisitos para competir por el cargo de Fiscal General de Guerrero, argumenta, y se enteró que quienes no cumplen con los requisitos, de entre cuarenta y cuatro aspirantes, han sido propuestos en una terna enviada por el poder ejecutivo al legislativo para la designación el titular de tal cargo.
Se demanda que la titular del poder ejecutivo, “no investigó si, efectivamente, estos citados aspirantes, cumplían con este requisito, tan es así que envío la terna al Congreso del Estado, de los precitados aspirantes, para que, de entre ellos, se elija al Fiscal General del Estado”.
“Tal es el caso, dice la demanda, de que se publicó una lista de 44 Aspirantes al cargo referido, pero de entre éstos precisamente los aspirantes José Luis Gallegos Peralta, Anacleta López Vega y Ludwig Marcial Rodríguez Reynoso, no gozan de buena reputación, porque es del dominio público de que tienen integrados en su contra Averiguaciones Previas por la probable comisión de delitos, lo que hace presumir que no tienen buena reputación”.
En el caso del aspirante, José Luis Gallegos Peralta, éste cuenta con las siguientes averiguaciones previas en su contra:
a.- AZUE/SC/0582/2003, por el delito de Despojo.
b.- TAB/SC/06/0340/2005, por delito de falsificación y uso indebido de documentos.
c.- TAB/CAZ/06/0727/2006, por el delito de fraude procesal.
F.- Por lo que hace a la aspirante Anacleta López Vega, en el año 1999, fue separada de su cargo de Juez Penal de Primera Instancia del Poder Judicial del Estado de Guerrero, por diversas anomalías administrativas.
G.- En tanto que el Aspirante Ludwig Marcial Rodríguez Reynoso, al momento en que se registró ante Secretaría Técnica de la Junta de Coordinación Política, no había renunciado al cargo de Subsecretario de Asuntos Políticos de la Secretaría General de Gobierno, lo cual incumplía también con los requisitos de la citada Convocatoria.
La Junta de Coordinación Política, Proceso de Selección y Designación del Fiscal General de Justicia del Estado de Guerrero, no motivo ni fundamento su acto de autoridad al remitirle a la Gobernadora, la lista de los 44 aspirantes al cargo de Fiscal General, porque no investigo si dichos candidatos, reunían el requisito señalada en la Convocatoria, argumenta la demanda.
Deduciéndose que el acto de autoridad que hace la Junta de Coordinación Política, es arbitraria e inconstitucional, transgrediendo lo que dispone el artículo 14 de Nuestra Máxima Ley Fundamental, así lo ha sostenido la Suprema Corte de la Nación en criterio de Jurisprudencia.
Tanto la Junta de Coordinación Política, Proceso de Selección y Designación del Fiscal General de Justicia del Estado de Guerrero, como la Gobernadora Constitucional del Estado, violentaron el debido proceso de la Convocatoria para la Designación del Fiscal General, sostiene la abogada.
“Porque no cumplieron con los requisitos de ésta, en especial, el punto E del Capítulo de HECHOS, definitivamente no cumple con “GOZAR DE BUENA REPUTACIÓN”; amén de que tampoco investigaron a los Aspirantes que hoy están en la terna que se envió al Congreso, es decir, no se cumplieron las formalidades del procedimiento y con ello se violentó la Ley”, sostiene.
Ambos poderes habrían violado el artículo 1, numeral 1 y numeral 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; diversos 1 y 2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Como pruebas ofrecieron diversos documentos públicos sobre las averiguaciones previas en contra de José Luis Gallegos Peralta, y las que acreditan la sanción a la abogada Anacleta López Vega así como el nombramiento como funcionario público de Luduwig Marcial Reynoso.
La abogada solicita se suspenda en definitiva la designación del Titular al cargo de Fiscal General del Estado de Guerrero, por violar el debido proceso de la elección de los Aspirantes en términos de la Convocatoria emitida por el Congreso del Estado.
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